Las empresas tendrán un plazo para adaptarse a la ley de control horario

5 (100%) 1 vote

El pasado 12 de mayo entraba en vigor la ley de control horario. Esta medida del Gobierno en funciones de Pedro Sánchez se ha convertido en una de las que más discusión ha tenido dentro de la legislatura. Y es que las condiciones no están claras. Las empresas saben que deben facilitar los medios para cumplirla, que los registros han de guardarse durante un tiempo y que un funcionario podría pedirlos en caso de una revisión. Pero hay muchos sectores en los que no ha quedado muy claro cómo debería hacerse ese control ,¿cómo lo harán quienes no van a la oficina de manera regular porque viajan o tienen un contrato de teletrabajo? ¿Y si un trabajador acaba su jornada y quiere irse a su casa, debe volver a la oficina a fichar? Con todas estas controversias, el Gobierno ha decidido dar a las empresas un margen para poder adaptarse a esta ley de control horario de 2019, y elegir una plataforma que permita cumplirla con garantías, como la aplicación Fichar en el trabajo. Veamos sus condiciones.

Ley de control horario y empresas, ¿qué deben facilitar a sus trabajadores?

En realidad, la ley de control horario de los trabajadores de 2019 no es una normativa propiamente dicha, sino un decreto que viene a modificar un apartado del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. El Consejo de Ministros presidido por Pedro Sánchez (ahora en funciones) aprobó un real decreto ley que modificaba este artículo. Lo hizo en una fecha señalada, el 8 de marzo. Recordemos que en el Día Internacional de la Mujer también había convocada una huelga feminista.

Según esta ley de control horario las empresas deben facilitar un sistema a sus trabajadores para que puedan registrar sus horas tanto de entrada como de salida, así como los descansos o los días que se toman de baja o permiso. Esta es una medida, que según la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, llega tras numerosas peticiones por parte de los sindicatos y otros agentes sociales que quieren con ello acabar con la explotación laboral que se da en muchos negocios. Se cree que gracias a este control se evitará que los trabajadores hagan más horas de las que están estipuladas en sus contratos. Y si se hacen horas extras, deberán estar señaladas, pagadas y nunca deberán exceder a las que marca la ley para el plazo de una semana.

Durante dos meses desde la publicación en el BOE el 12 de marzo las empresas debían prepararse para desde el domingo 12 de mayo comenzar a aplicar la nueva normativa. Todos los sistemas de control horario deberían estar operativos y con todas las particularidades que marca la normativa. Pero las empresas no tenían ni idea de por dónde empezar.

Cuánto tiempo tienen las empresas para que las sanciones de la ley de control horario laboral sean efectivas

Tal y como te estamos contando, el real decreto ley que modifica el Estatuto de trabajadores a partir de la ley de control horario laboral fue publicado en el BOE para entrar en vigor dos meses después. Por tanto, todos los centros de trabajo deberían haber estado preparados para ello el pasado domingo 12 de mayo.

Recordemos que estos dos meses no han sido muy “normales”. Por un lado, en abril tuvo lugar la Semana Santa, un periodo vacacional en el que se para todo lo relacionado con la Administración. Pero, sin duda, lo más importante fueron las elecciones generales del 28 de abril. Las Cortes estaban disueltas. Sin Gobierno y con los partidos en campaña era muy difícil dar las directrices pertinentes para hacer cumplir algún tipo de normativa.

Es por ello por lo que se llegó a la fecha límite de entrada en vigor de la ley de control horario en España sin que muchas empresas estuvieran preparadas. Y tampoco tenían ningún tipo de organismo al que ir a consultar las dudas que les iban surgiendo durante la implantación del sistema elegido para que los trabajadores marcasen su hora de entrada y de salida.

El Gobierno ha decidido, por tanto, realizar una moratoria de dos meses y no aplicar sanciones durante ese tiempo a las empresas que aún no hayan puesto en marcha algún sistema de fichaje para conocer cuántas horas trabajan sus empleados cada día. Eso sí, deben cumplir unas condiciones:

– Poder demostrar que están negociando con los trabajadores la forma más idónea para el control horario.

– Si están preparando todo lo relativo a la protección de datos para que sus trabajadores cedan su huella digital para hacer el control.

– Si están estudiando qué herramienta sería la más adecuada mirando las características particulares de cada negocio, de cada puesto y de cada persona.

Por tanto, muchas empresas podrán respirar. Sobre todo aquellas de tamaño pequeño o medio que se dedican a actividades para las cuales el trabajador no tiene una sede fija. Estamos hablando de trabajadores de la limpieza, de albañiles, electricistas u operarios de mantenimiento de instalaciones que están ubicadas en casas o locales comerciales, entre otros. En este grupo también hay que incluir a los que por condiciones de conciliación de vida familiar y laboral se hayan acogido al teletrabajo o cuenten con jornadas en las que pueda desempeñar su trabajo fuera de la oficina. Todos estos negocios deberán realizar un debate más profundo que, por ejemplo, líneas de producción o establecimientos físicos en los que todos los trabajadores se encuentran en instalaciones propias de la empresa durante su jornada laboral.

Las sanciones son realmente cuantiosas en caso de no cumplir con la ley de control horario de España

Para asegurarse que todas las empresas cumplen con las obligaciones señaladas en el Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, las sanciones que acarrea su incumplimiento son cuantiosas. Incluso podrían suponer un problema para la supervivencia de la compañía en caso de serle aplicadas.

Este real decreto ley también ha modificado la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, la LISOS. Esto es porque ha incluido la falta de registro de los horarios de los trabajadores como una sanción grave. Y este hecho supone que las empresas que no hayan acatado lo acordado de aquí a dos meses podrían enfrentarse a multas que van desde 626 hasta 6250 euros. Esta cantidad estará determinada por los inspectores de trabajo que deberán estudiar los factores propios de la compañía, como la facturación, el tamaño o el tiempo que hayan estado sin tener ese control horario desde la entrada en vigor de la normativa.

Además, los redactores de esta ley también han querido dejar claro que del pago de esas sanciones ha de hacerse cargo la empresa y no el trabajador que no señale sus horarios. Es decir, en todo momento los responsables de las empresas deben velar porque todo el personal haga uso de los medios a su alcance para llevar a cabo el registro de horas de una manera estricta.

Algunas cuestiones que tener en cuenta sobre la ley de control horario de 2019

Vamos a explicar ahora, de forma breve, algunas de las particularidades de esta ley. Eso sí, es importante estar al tanto de las recomendaciones que vaya dando el Ministerio de Trabajo para adecuarse de manera expresa en todo momento.

En qué consiste el registro

En el registro de control horario de los trabajadores se especifica que en los archivos debe incluirse la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada de cada empleado como mínimo. Eso sí, la empresa es libre de pedir a los trabajadores que registren el trabajo efectivo durante ese tiempo (por ejemplo, si van a la zona de descanso para charlar con algún compañero). Además, las empresas deberán guardar durante cuatro años esos informes y tenerlos en todo momento a disposición de cada trabajador, de los representantes de sus representantes (los sindicatos), de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo.

Todos los trabajadores deben registrar la jornada

El texto no prevé ninguna excepción. Así que la empresa ha de buscar la solución perfecta que se adapte a las circunstancias particulares de cada uno según sus contratos (a tiempo completo o parcial), si es jornada partida o continua o si hay algún momento de dicha jornada que trabajen desde un lugar ajeno a las instalaciones propias.

Registro del trabajo efectivo

Hay empresas que han levantado la voz para consultar si solo se debe registrar la entrada y salida de la jornada, o si también ha de hacerse el llamado trabajo efectivo. Por ejemplo, que los tiempos de descanso de cada trabajador (para ir a tomar un café o ausentarse por otras causas de la oficina) también queden reflejados y no se incluyan dentro de las horas de trabajo.

La respuesta a esta cuestión está en que los legisladores entienden que el tiempo de trabajo efectivo es todo aquel en el que el trabajador está a disposición de los empresarios. Por tanto, si es un descanso, sí se puede señalar. Pero si se trata de un desplazamiento para ir a realizar un trabajo de una ubicación a otra, debe computarse como tiempo efectivo de trabajo y quedar registrado como tal.

La aplicación Fichar en el Trabajo, la solución perfecta para todo tipo de empresas

Como puedes observar, cada empresa y cada trabajador tiene unas condiciones especiales que le hace necesitar una solución adaptada. Entre las más destacadas podemos encontrar:

La máquina de fichar

Se realizaría la instalación del aparato en las propias instalaciones de la empresa. Se trata de la solución perfecta para aquellos trabajos en los que los empleados desarrollan toda su jornada laboral allí, como es el caso de una línea de producción, un establecimiento hotelero o un comercio de ciudad entre otros. Hay que contar con que va a tener el coste del aparato, así como el de la propia instalación o el mantenimiento del mismo. Además, dependiendo del método, también habría que invertir en tarjetas de plástico propias para cada empleado o hacer un registro de la huella dactilar cada vez que uno nuevo se incorpore a la compañía.

Una aplicación móvil

Esta app podría instalarse en los dispositivos de cada empleado de la empresa. El ordenador, en el caso de los que desarrollen su jornada en el mismo puesto, o en algún tipo de dispositivo móvil, como smartphone o tableta, para los que trabajan fuera de las instalaciones (comerciales o aquellos que estén realizando teletrabajo entre otros casos). Incluso podría encontrarse una solución que permitiera fichar a través de un código en una web, por lo que podría utilizarse cualquier aparato conectado a internet para llevar a cabo el control horario de la persona. Este tipo de soluciones no tienen instalación y sus costes se reducen a la cuota que haya que pagar por trabajar con ella.

Fichar en el Trabajo

Como has podido comprender después de todo lo que has leído hasta aquí, una app te permitirá cumplir con la ley de control de las jornadas actual y, además, será una buena manera de reducir costes. Nuestra solución, Fichar en el Trabajo, es una buena opción que tener en cuenta para todos aquellos que estén en la situación de buscar la mejor herramienta para cumplir con esta normativa.

Nosotros te aseguramos que con nuestra herramienta estarás cumpliendo con la ley del 8 de marzo de 2019 que vino a modificar el Estatuto de los Trabajadores de España. De manera inmediata tendrás a tu disposición la mejor opción para tu empresa, puesto que los trabajadores podrán fichar en las propias instalaciones, a través de su ordenador o incluso con un dispositivo móvil conectado a internet.

Infórmate sobre las buenas condiciones que te ofrecemos. Solo necesitarás crear una cuenta para poder empezar a trabajar con ella y cumplir con todo lo que te hemos explicado sobre la ley de control horario. Su interfaz es realmente sencilla de utilizar y podrás ir añadiendo empleados y perfiles nuevos según tu empresa vaya creciendo. Así que no te demores y ponte ya en contacto con nuestro equipo comercial para disfrutar de esta solución.